Las aseguradoras deben cubrir un accidente a pesar del impago

Las aseguradoras deben cubrir un accidente a pesar del impago

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina en el caso de impago de clientes de un seguro de responsabilidad civil en accidentes de tráfico, estableciendo que la aseguradora asumirá las posibles indemnizaciones hasta que haya notificado resolución del contrato a su cliente, y además conste fehacientemente esta comunicación.

De esta manera no valdrá, por parte de la aseguradora, alegar el impago de la prima, sino que quedará liberada de la obligación de indemnizar sólo en el caso de que haya enviado al tomador del seguro la resolución del contrato, y que además se haga por medios fehacientes.

En este caso Seguros Bilbao no pudo cobrar la primera prima por falta de fondos en la cuenta que había indicado el cliente, pero no había notificado la resolución del contrato al tomador, cuando se produjo el accidente,  con lo que, a criterio del TS, debe responder de los daños causados en el accidente ocurrido.